Comentarios de Texto tema 8 Historia de España






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Comentarios de Texto TEMA 8 Historia de España

Borja García Rubio – Colegio San Juan Bosco – Puertollano

Curso 2012-2013


EL 14 DE ABRIL EN MADRID
A las tres de la tarde del día 14 se izó en Madrid la primera bandera republicana, que tremoló sobre el Palacio de Comunicaciones. Esta bandera produjo un movimiento general de curiosidad que se convirtió en un estallido de entusiasmo al conocerse que representaba realmente lo que simbolizaba, o sea, la toma del poder por parte del Gobierno provisional. En cuanto esto se hizo público, Madrid corrió a destruir y a esconder los símbolos monárquicos. Los comerciantes proveedores de la Real Casa, las tiendas con el escudo real, las fondas, teatros y restaurantes con algún nombre relacionado con la monarquía, hicieron desaparecer rápidamente los nombres comprometedores y dinásticos. Las estatuas que el pueblo consiguió derribar cayeron de forma implacable. Un busto de bronce de Primo de Rivera fue colgado en el balcón de Gobernación. Las banderas republicanas se hicieron más y más espesas. […] El pueblo de Madrid, que suele poseer una finura crítica indudable, aderezó el espectáculo con su causticidad proverbial. El Rey y la Reina no fueron tratados por la masa con cumplidos, pero tampoco con una crueldad exagerada.
J. PLA, «El 14 de abril en Madrid», Artículo publicado en La Veu de Catalunya, 1993

Son apreciaciones del escritor Josep Pla (1897-1981)

hechas en Madrid el día de la proclamación de la II República (14-Abril-1931)
CONSTITUCIÓN DE 1931
(…)España, en uso de su soberanía y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución.

Art. 1° España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones.

Art. 2°. Todos los españoles son iguales ante la ley.

Art. 3°. El Estado español no tiene religión oficial.

Art. 4°. El castellano es el idioma oficial (...) Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones (…)

Art. 6°. España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional (…)

Art. 11°. Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas, comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo político-administrativo, dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el Art. 12. (…)

Art. 25°. No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios (…)

Art. 27°. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español (…); Los cementerios estarán exclusivamente sometidos a la jurisdicción civil. No podrá haber en ellos separación de recintos por motivos religiosos, (…)

Art. 44°. Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los intereses de la economía nacional (...); La propiedad de toda clase de bienes podrá ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante adecuada indemnización (…)

Art. 51°. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso (…)

Art. 52°. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto.

Art. 67°. El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación (…)
Selección tomada de: DE ESTEBAN, J.: Constituciones de España

(Constitución de 1931)

POSICIÓN DE LA IGLESIA: BOLETÍN ECLESIÁSTICO DE TARRAGONA
Los principios y preceptos constitucionales en materia confesional no solo no responden al mínimum de respeto a la libertad religiosa y de reconocimiento de los derechos esenciales de la Iglesia que hacían esperar el propio interés y dignidad del Estado, sino que, inspirado por un criterio sectario, representan una verdadera oposición agresiva, aun a aquellas mínimas exigencias. […] Más radicalmente todavía se ha cometido el grande y funesto error de excluir a la Iglesia de la vida pública y activa de la nación, de las leyes, de la educación de la juventud, de la misma sociedad doméstica, con grave menosprecio de sus derechos sagrados y de la conciencia cristiana del país, así como en daño manifiesto de la elevación espiritual de las costumbres y de las instituciones públicas. De semejante separación violenta e injusta, de tan absoluto laicismo del Estado, la Iglesia no puede dejar de lamentarse y protestar, convencida como está de que las sociedades humanas no pueden conducirse sin lesión de deberes fundamentales, como si Dios no existiera, o desatender a la Religión, como si esta fuere un cuerpo extraño a ellas o cosa inútil y nociva […]
Boletín Eclesiástico de Tarragona, 31 de diciembre de 1931
MANUEL AZAÑA: EL PROBLEMA RELIGIOSO
España ha dejado de ser católica; el problema político consiguiente es organizar el Estado en forma tal que quede adecuado a esta fase nueva e histórica el pueblo español. Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, (...).

Durante muchos siglos, la actividad especulativa del pensamiento europeo se hizo dentro del Cristianismo, el cual tomó para sí el pensamiento del mundo antiguo y lo adaptó con más o menos fidelidad y congruencia a la fe cristiana; pero también desde hace siglos el pensamiento y la actividad especulativa de Europa han dejado, por lo menos, de ser católicos(…). Que haya en España millones de creyentes, yo no os lo discuto; pero lo que da el ser religioso de un país, de un pueblo y de una sociedad, no es la suma numérica de creencias o de creyentes, sino el esfuerzo creador de su mente, el rumbo que sigue su cultura.
Diario de sesiones de los Corles, 13 de octubre de 1931
MANUEL AZAÑA: DEFENSA DE LA AUTONOMÍA DE CATALUÑA
El hecho que nosotros celebramos hoy aquí no es solo un hecho catalán, sino un hecho español; y más diré: un hecho de la historia universal, porque estando planteadas en el seno de otros Estados europeos cuestiones que guardan íntima semejanza con lo que representa Cataluña en relación con el resto de España, es probable que sean España y la república española, con las soluciones autonomistas para este género de problemas, las que se adelantan y dan la muestra de los caminos que hayan de seguir otros pueblos europeos, colocados en situación más o menos semejante a la nuestra.
Recogido en AZAÑA, M.: Obras completas, Madrid, 2007

(Son una reedición de sus memorias y diarios,

escritos en el día a día de su actividad política)
JOSÉ ORTEGA Y GASSET: “NO ES ESO, NO ES ESO”

(El artículo original se llamaba “¡No es esto, no es esto!”)
Desde que sobrevino el nuevo régimen no he escrito una sola palabra que no fuese para decir directa o indirectamente esto: ¡No falsifiquéis la República! ¡Guardad su originalidad! ¡No olvidéis ni un instante cómo y por qué advino! En suma: autenticidad, autenticidad...

Con esta predicación no proponía yo a los republicanos ninguna virtud superflua y de ornamento. Es decir, que no se trata de dos Repúblicas igualmente posibles -una, la auténtica española, otra, imaginaria y falsificada- entre las cuales cupiese elegir. No: la República en España, o es la que triunfó, la auténtica, o no será. Así, sin duda ni remisión.

¿Cuál es la República auténtica y cuál la falsificada? ¿La de «derecha», la de «izquierda»? Siempre he protestado contra la vaguedad esterilizadora de estas palabras, que no responden al estilo vital del presente -ni en España ni fuera de España. (...) No es cuestión de «derecha» ni de «izquierda» la autenticidad de nuestra República, porque no es cuestión de contenido en los programas. El tiempo presente, y muy especialmente en España, tolera el programa más avanzado. Todo depende del modo y del tono. Lo que España no tolera ni ha tolerado nunca es el «radicalismo» -es decir, el modo tajante de imponer un programa-. Por muchas razones, pero entre ellas una que las resume todas. El radicalismo sólo es posible cuando hay un absoluto vencedor y un absoluto vencido. Sólo entonces puede aquél proceder perentoriamente y sin miramiento a operar sobre el cuerpo de éste. Pero es el caso que España -compárese su historia con cualquier otra- no acepta que haya ni absoluto vencedor ni absoluto vencido.

(...) Pero en esta hora de nuestro destino acontece, además, que ni siquiera ha habido vencedores ni vencidos en sentido propio, por la sencilla razón de que no ha habido lucha, sino sólo conato de ella. Y es grotesco el aire triunfal de algunas gentes cuando pretenden fundar la ejecutividad de sus propósitos en la revolución. Mientras no se destierre de discursos y artículos esa «revolución» de que tanto se reclaman y que, como los impuestos en Roma, ha comenzado por no existir, la República, no habrá recobrado su tono limpio, su son de buena ley. Nada más ridículo que querer cobrar cómodamente una revolución que no nos ha hecho padecer ni nos ha costado duros y largos esfuerzos. Son muy pocos los que, de verdad, han sufrido por ella, y la escasez de su número subraya la inasistencia de los demás. Una cosa es respetar y venerar la noble energía con que algunos prepararon una revolución y otra suponer que ésta se ha ejecutado. Llamar revolución al cambio de régimen acontecido en España es la tergiversación más grave y desorientadora que puede cometerse. Lo digo así, taxativamente, porque es ya excesiva la tardanza de muchas gentes en reconocer su error, y no es cosa de que sigan confundidos lo ciegos con los que ven claro. Se hace urgentísima una división de actitudes para que cada cual lleve sobre sus hombros la responsabilidad que le corresponde y no se le cargue la ajena.

Las Cortes constituyentes deben ir sin vacilación a una reforma, pero sin radicalismo -esto es, sin violencia y arbitrariedad partidista-. En un Estado sólidamente constituido pueden, sin riesgo último, comportarse los grupos con cierta dosis de espíritu propagandista; pero en una hora constituyente eso sería mortal. Significaría prisa por aprovechar el resquicio de una situación inestable, y el pueblo español acaba por escupir de sí a todo el que «se aprovecha». Lo que ha desprestigiado más a la Monarquía fue que se «aprovechase» de los resortes del Poder Público puestos en su mano. Una jornada magnífica como ésta, en que puede colocarse holgadamente y sin dejar la deuda de graves heridas y hondas acritudes, al pueblo español frente a su destino claro y abierto, puede ser anulada por la torpeza del propagandismo.

Yo confío en que los partidos (...) no pretenderán hacer triunfar a quemarropa, sin lentas y sólidas propagandas en el país, lo peculiar de sus programas. La falsa victoria que hoy, por un azar parlamentario, pudieran conseguir caería sobre la propia cabeza. La historia no se deja fácilmente sorprender. A veces lo finge, pero es para tragarse más absolutamente a los estupradores.

Una cantidad inmensa de españoles que colaboraron con el advenimiento de la República con su acción, con su voto o con lo que es más eficaz que todo esto, con su esperanza, se dicen ahora entre desasosegados y descontentos: “¡No es esto, no es esto!”

La República es una cosa. El «radicalismo» es otra. Si no, al tiempo

ORTEGA Y GASSET, J. : “¡No es esto, no es esto!” en Crisol, 9 de septiembre de 1931
PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR (1936)
Los partidos republicanos Izquierda Republicana, Unión Republicana y el Partido Socialista, en representación del mismo y de la Unión General de Trabajadores. Federación Nacional de Juventudes Socialistas, Partido Comunista, Partido Sindicalista, Partido Obrero de Unificación Marxista , sin perjuicio de dejar a salvo los postulados de sus doctrinas, han llegado a comprometer un plan político común que sirva de fundamento y cartel a la coalición de sus respectivas fuerzas en la inmediata contienda electoral y de norma de gobierno que habrán de desarrollar los partidos republicanos de izquierda, con el apoyo de las fuerzas obreras, en el caso de victoria. Declaran ante la opinión pública las bases y los límites de su coincidencia política y. además, la ofrecen a consideración de las restantes organizaciones republicanas y obreras por si estiman conveniente a los intereses nacionales de la República venir a integrar en tales condiciones el bloque de izquierdas que debe luchar frente a la reacción en las elecciones generales de diputados a Cortes (...).

19 de enero de 1936

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