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DERECHO PENAL I (PARTE GENERAL) ![]() ![]() El derecho penal: concepto, objeto, fines, límites, fundamentos, naturaleza y medios de que dispone. Principalmente partiendo de la necesidad de la idea de derecho en general surge como expresión de la necesidad de ordenar y organizar la vida comunitaria, al derecho penal se le ha visto siempre como un conjunto de normas de superior jerarquía por tutelar intereses jurídicos del individuo, del estado y de la sociedad. Diversos autores lo conceptualizan de distintas maneras: Francisco Pavón Vasconcelos nos dice que el derecho penal es el conjunto de normas jurídicas, de derecho público interno, que definen los delitos y señalan las penas o medidas de seguridad aplicables para lograr la permanencia del orden social. Jiménez de Asua define al derecho penal como: el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. Labatut Glena nos señala que el derecho penal es el conjunto de normas cuya misión es regular las conductas que se estimen capaces de producir un daño social o de originar un peligro para la comunidad, bajo la amenaza de una sanción. Porte Petit Candaudap nos dice que el derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que prohíben determinadas conductas a hechos u ordena ciertas conductas, bajo la amenaza de una sanción. Estos autores nos especifican de manera general en cada uno de sus conceptos, cual es la función del derecho penal. Celestino Porte Petit nos dice que el objeto del derecho penal es lo que constituye las normas penales, a su vez, compuesta de preceptos y sanción. En cuanto a los fines o fin del derecho penal es la protección de bienes jurídicos fundamentales, es decir, de “un bien vital del grupo o del individuo”, dictando el estado al efecto, las normas que considera conveniente. Limites. Es la ley; donde la ley es fuente de medida de un derecho subjetivo del delincuente por cuanto le garantiza frente al estado Fundamentos. Teorías absolutas, teoría relativa, teoría mixta (del artículo 8, 13 al 23 constitucionales). Naturaleza. Es jurídica porque va a regular el comportamiento del hombre en sociedad por medio del Estado que como institución pública está facultada para crear y aplicar las normas penales. Medios de que dispone. Son los centros penitenciarios (estos a su vez se dividen en alta peligrosidad, media y baja), privación de la libertad, el arresto, reparación del daño y la multa 1.2 Clasificación del derecho penal La autora Griselda Amuchategui Requena nos clasifica al derecho penal en: Derecho penal objetivo: lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del poder público que establecen los delitos y señalan las penas y las medidas de seguridad, así como su forma de aplicación. Derecho penal subjetivo: es la protesta jurídica del estado de amenazar, mediante la imposición de una pena, al merecedor de ella (ius puniendi). Derecho penal sustantivo: se refiere a las normas relativas al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad. También conocido como derecho material. Derecho penal adjetivo: es el complemento necesario del derecho sustantivo. Se trata del conjunto de normas que se ocupan de señalar la forma de aplicar las normas jurídico-penales en los casos concretos. El autor Francisco Pavón Vasconcelos de acuerdo a los conceptos o definiciones expresadas por distintos autores clasifican al derecho penal en: Derecho penal objetivo: se le considera el conjunto de normas jurídicas que asocia al delito, como presupuesto, la pena como consecuencia jurídica. Derecho penal subjetivo: se identifica con la facultad del estado para crear los delitos, las penas y medidas de seguridad aplicables a quienes la cometen, o los sujetos peligrosos que puedan delinquir. 1.3 Características del derecho Rafael Márquez Piñero nos dice que las características del derecho penal son las siguientes:
1.4 Etapas por las que ha evolucionado el derecho penal La autora Amuchategui Requena nos explica brevemente como se desarrollaron cada una de las etapas por las que ha pasado, es decir, evolucionado el derecho penal. El surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en sociedad para controlar sus acciones y proteger al grupo social. El crimen nace con el hombre; cuando aun no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, el delito ya se manifestaba en su forma más rudimentaria. El hombre todavía no articulaba palabras, pero ya desarrollaba conductas que afectaban a los demás; por ejemplo, el apoderamiento ilegitimo del animal cazado por otro; la violencia física ejercida sobre una mujer, etc. De ahí la necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr el orden y la convivencia pacífica. La primer etapa es la venganza.- significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene satisfacción mediante otro acto violento. En esta fase cabe distinguir cuatro subfases: la venganza privada, venganza familiar, venganza divina y venganza pública.
El interés primordial por castigar con severidad a quien causa un daño caracteriza a esta fase. La semejanza o igualdad en el castigo hacer ver claramente que se trata de una verdadera venganza. Etapa humanitaria.- esta surge como respuesta a la etapa anterior como una reacción humanista en materia penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo. Grandes pensadores, filósofos y humanistas, con su obra e ideas, han influido en el derecho penal y ciencias afines. Cesar Beccaria y Jonh Howard, con su valiente y enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de devolver al hombre el respeto a su dignidad. En su tratado de los delitos y de las penas, Beccaria destaca diversos aspectos, como los procedimientos arbitrarios e inhumanos para obtener confesiones; se refiere a la tortura y rompe con ancestrales creencias relacionadas con la eficacia de la pena.
Etapa de venganza Evolución del derecho penal Etapa humanitaria Etapa científica 1.5 Las disciplinas que se relacionan con el derecho penal De acuerdo al autor Celestino Porte Petit no explica algunas de las disciplinas que se relacionan con el derecho penal. La relación del derecho penal con el derecho administrativo, es importante, había cuenta que aquel:
Las relaciones del derecho penal con el procesal penal, son patentes, pies es indiscutible que la aplicación de aquel es nada menos que imposible sin la existencia del procesal penal. En tiempos anteriores, el derecho penal era abarcado por el derecho civil. Posteriormente el derecho penal cobra independencia, no sin tener relación muy estrecha con aquel. Una demostración de ello lo encontramos:
El derecho penal tiene relación con el derecho mercantil:
Son de gran importancia las relaciones entre el derecho penal y el derecho internacional. Sus vinculaciones son evidentes:
El derecho penal se relaciona íntimamente con la historia del derecho penal. A los estudiosos del derecho penal les importa sobre manera conocer la evolución histórica de los ordenamientos jurídicos para comprender el alcance de los vigentes y darles una correcta interpretación, así como poder tomar aquellos el material jurídico que sea conveniente para una reglamentación jurídica penal. El derecho penal tiene relación con el derecho comparado, pues aquel en su creación, modificaciones y reformas, se sirve de ordenamientos de otros países de los que toma lo que considera más conveniente para proteger los bienes jurídicos del país en el que está legislando. E igualmente el derecho comparado es útil para la interpretación del ordenamiento jurídico-penal. Por otra parte la autora Griselda Amuchategui requena también hace una distinción de las ciencias y las ramas del derecho en jurídicas y no jurídicas. Cualquiera que sea la materia, todas guardan relación con otras; en algún momento existe un vinculo o cercanía, y a veces incluso se conjugan de tal manera que, aparentemente, se funden entre sí. De lo anterior se deduce que el derecho penal guarda relación con todas las ramas jurídicas. Con algunas ese nexo resulta más fuerte, mientras que con otra menor, pero con todas tendrá una conexión en algún momento; además, existen relaciones entre el derecho penal y otras áreas del conocimiento que, sin ser jurídicas, resultan indispensables en un momento dado para resolver los problemas del derecho penal. Entre las ciencias y ramas del derecho la autora nos menciona algunas de las ramas del derecho jurídicas. Derecho romano. El derecho romano es el antecedente directo del actual derecho mexicano, de modo que diversas instituciones contemporáneas provienen de aquel y ambos guardan una relación estrecha Derecho constitucional. En la constitución política de los estados unidos mexicanos se establecen las bases a que se debe sujetarse el derecho penal (como todo el derecho del mexicano). Derecho agrario. En materia agraria pueden cometerse innumerables delitos, por ejemplo el despojo de parcelas, otros ilícitos en materia de ejidos, etc. Derivado de conflictos agrarios se cometen delitos lesiones, homicidio, etc. Derecho del trabajo. Las relaciones laborales dan origen al surgimiento de diversos delitos, como fraude en materia de salario, de ascensos, plazas y prestaciones diversas, además de lesiones, homicidio, etc., entre trabajadores y patrones. Y como no jurídicas nos establece: Filosofía. En esta área del conocimiento humano, no jurídica, existen fundamentos que dan luz al derecho penal, como la valoración de determinados bienes jurídicos tutelados por el derecho penal, argumentaciones acerca de la pena de muerte, etc. Biología. En esta ciencia, actualmente hay descubrimientos y adelantos que resultan de incalculable valor para el derecho penal y procesal penal, amén de otras ramas jurídicas como el derecho civil. Tal es el caso de los avances que existen en materia del genotipo, los cromosomas, el ADN y la nanotecnología. Medicina forense. Esta rama de la medicina general coadyuva en la investigación de determinados ilícitos, como lesiones, aborto, infanticidio, homicidio, algunos delitos sexuales, principalmente, con lo cual se logra una adecuada y más justa administración de justicia, pues esclarece las dudas que se le presentan al derecho penal. Química. Los avances logrados por esta ciencia son extremadamente útiles para las necesidades que plantea el derecho penal y el procesal penal, sobre todo en el terreno de la investigación criminal. Psiquiatría. La aportación de esta ciencia en materia penal es sumamente valiosa, pues ayuda al juez a resolver los problemas derivados de la comisión de delitos por parte de inimputables. Ocasionalmente, el privado de libertad por una sentencia pierde la razón, por lo que se requiere la intervención de especialistas en esta área. Criminalista. Al igual que la medicina forense, esta disciplina, basada en conocimientos científicos, presta una ayuda invaluable en la investigación del delito. Balística, dactiloscopia y retrato hablado son algunos ejemplos de las valiosas aportaciones de dicha materia. |
![]() | Comentarios a las reformas del Código Civil. El nuevo Título Preliminar y la Ley de 2 de mayo de 1975. VV. Aa. Vol. I, Tecnos, Madrid,... | ![]() | |
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