Auto en Madrid a 10 de mayo de 2013 antecedentes de hecho






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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 52

MADRID

8045V

Teléfono: 91.493.30.60-5 Fax: 91.493.30.70

PLAZA DE CASTILLA 1, 2ª PLANTA

Número de Identificación Único: 28079 2 0548178 /2010
DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 6782 /2010-M
AUTO
En Madrid a 10 de mayo de 2013

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de denuncia manuscrita presentada el día 11 de diciembre de 2010, por D. Javier Conde Becerra ante el Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid, en funciones de guardia de diligencias en esa fecha, en la que textualmente relataba que: “El día 2 de diciembre de 2010, su suegro Enrique Morente ingresó sobre las 11,30 horas de la noche en la Clínica “La Luz”, siendo intervenido el día 4 de diciembre sobre las 11,30 horas de la mañana de una patología en esófago, durando la intervención unas ocho horas.
El día cinco y seis permanece en la UVI estando plenamente consciente sin ninguna complicación que nos comuniquen. El día 6 a la una de la madrugada se produce un empeoramiento de su estado general con fuerte dolor abdominal que no cede con analgesia, precisando transfusión de sangre y plaquetas sin perder la consciencia en ningún momento. El doctor Enrique Moreno llegó a las 3,30 horas, interviniendo quirúrgicamente.
La familia no fue avisada hasta las 5,30 de la mañana en que simplemente les comunicaron que fueran urgentemente que Enrique Morente tenía problemas con los drenajes. Cuando la familia llegó el paciente ya había sido operado y que estaba muy drogado y sedado es lo único que les dijeron.

Hasta el día 8 los médicos nada más dicen que está muy medicado y que tiene que reaccionar cuando pasen los efectos.
Confidencialmente personal de la UVI nos comunica que Enrique tiene un daño neurológico importante, por error en el quirófano y que el doctor Moreno nos está engañando y ocultando la realidad del paciente, que es un estado de coma que hasta el día 9 no han admitido los médicos.

Hasta el día de hoy ha sido denegada la entrega de informes médicos e historial médico al que tienen derecho según el artículo 18 de la Ley 41/2002.
Curro Conde Becerra, hermano del denunciante, el día 9 de diciembre tras una reunión general de médicos con la familia, y tas finalizar esta sobre las 12 de la noche, cuando ya solo quedan reunidos el denunciado Enrique Moreno, el doctor Vázquez, y el equipo médico que operó, del doctor Moreno oyó claramente, cuando él se encontraba en el pasillo, cómo comentaban y planificaban durante cerca de veinte minutos su estrategia de cómo iban a manipular el informe clínico para que no nos pillen estos artistas paranoicos de mierda, y evitar que nos ocasionen problemas.
Al día de hoy se nos sigue ocultando información y en previsión de lo que ya hemos oído, solicitamos de este juzgado que admita a trámite la presente denuncia y con carácter urgente e inmediato se proceda a recoger en la Clínica de la Luz historia clínica completa, hoja de ingreso, consentimientos informados, hojas de UCI, con anotaciones de órdenes médicas y de enfermería, protocolo quirúrgico y hoja de gastos, anatomía patológica, escáner y sus correspondientes informes de Enrique Morente, dando orden de que no se destruya la pieza anatómica de la intervención quirúrgica (esófago)” (folios 5-11).
El Juzgado, accediendo de manera inmediata y urgente a lo interesado dictó Auto de fecha 11 de diciembre de 2010, acordando la incoación de Diligencias Previas (DP nº 6764/2010-B), y el traslado al Ministerio Fiscal, a fin de que informase acerca de la petición efectuada (folios 12-13), dictándose a continuación, otra resolución de la misma fecha, en la que acordaba que la comisión judicial (Médico Forense y Secretaria Judicial) acudiesen a la Clínica “La Luz”, a fin de recabar la exhibición de la historia clínica de Enrique Morente Cotelo, para obtener copia testimoniada de la misma y certificar la existencia de las pruebas diagnósticas interesadas, acordando la conservación a disposición de éste procedimiento de las mismas, así como de la pieza anatómica de la intervención quirúrgica (folios 15-16). En cumplimiento de lo ordenado, la comisión judicial se desplazó a la Clínica La Luz, según consta en diligencia levantada al efecto, entrevistándose con el Dr. Maudes, jefe de la UCI, el cual aportó la documentación que consta en el Acta levantada al efecto (folios 19-20) haciendo acto de presencia asimismo los Dres. Rubio de la Molina (anestesista) y Moreno González (cirujano) los cuales asimismo efectuaron la aportación documental que en aquella consta.

SEGUNDO.- El paciente D. Enrique Morente Cotelo, falleció en la Clínica “La Luz” de Madrid el día 13 de diciembre de 2010, en la que se encontraba ingresado desde el pasado día 2 de diciembre de 2010, con la finalidad de llevar a cabo un estudio preoperatorio para una posterior intervención quirúrgica, que se practicó el día 4 de diciembre de 2010, y en la que intervinieron como cirujano jefe el coimputado Dr. D. Enrique Moreno González, y como cirujanos ayudantes, los también coimputados Dres. D. Oscar Alonso Casado y D. Oscar Caso Maestro, y como anestesistas los Dres. D. Francisco Javier Rubio de la Molina y D. Edgardo Macaluso (según consta a los folios 20 y 130), no imputado éste último en las presentes actuaciones, y como personal auxiliar de quirófano Doña Piedad Blázquez López y Doña Marta Patiño Muñoz, y en calidad de Instrumentista Doña María Contreras. Tras esta primera intervención quirúrgica, el paciente pasó a la Unidad de Cuidados Intensivos del citado centro, en la que fue atendido por los médicos intesivistas a quienes correspondían los turnos de guardia respectivos, entre ellos la Dra. Gudín Rodríguez, y los coimputados en las presentes actuaciones Dres. Sánchez Sánchez, Alonso Montero y Parro Martín, desarrollándose el postoperatorio con normalidad, hasta que sobre las 01,00 horas de la madrugada del día 6 de diciembre de 2010 aproximadamente, se produjo un repentino empeoramiento de la situación del paciente, lo que motivo, la atención inmediata del Dr. Alonso Montero (intensivista), el cual se encontraba de guardia en UCI en esos momentos y que tras intentar estabilizar a aquel, mediante la infusión de líquidos, y realizar la analítica correspondiente, al ver que aquel no mejoraba y tras conocer los resultados de aquella, decidió avisar al cirujano Dr. Moreno, el cual tras una exploración, optó por someterle a una segunda intervención quirúrgica, que llevó a cabo por el citado profesional sobre las 03,30 horas de la madrugada de ese día 6 de diciembre de 2010 (en algunos documentos se habla de las 03,00 horas), y en la que intervinieron como cirujano ayudante el Dr. D. Jorge Calvo Pulido y el Dr. D. Francisco Javier Rubio de la Molina, como anestesista, ayudado por la Dra. Gudín Rodríguez (intensivista) y como enfermera de quirófano Doña Fuensanta Hernández Sánchez, apoyada ocasionalmente, por la auxiliar de enfermería Doña Carmen Figueroa Dania y como instrumentista Doña María Contreras. Al inicio de esta segunda intervención quirúrgica, el paciente presentó una fibrilación ventricular con ausencia de pulso y caída de parámetros vitales, por lo que se iniciaron maniobras de resucitación cardiopulmonar por parte del anestesista con Adrenalina 1 mg., EV más desfibrilación precoz 260 julios más Lidocaina 2% y Amioradona con recuperación rápida del ritmo sinusal y sus constantes hasta el final de la cirugía (folio 132), tras lo cual, sobre las 06,30 horas de la madrugada el paciente pasó a la Unidad de Cuidados Intensivos de la Clínica “La Luz”, permaneciendo en aquella hasta su fallecimiento acaecido el día 13 de diciembre de 2010 sobre las16,40 horas, acordándose mediante Auto del mismo día 13 de diciembre por el Juzgado de Instrucción nº 30 de Madrid, en funciones de guardia de diligencias, la práctica de la autopsia judicial (folios 54-55) cuyo informe obra a los folios 120-129 de las actuaciones.

TERCERO.- En las presentes actuaciones, se han practicado las diligencias de investigación que se consideraron necesarias para el esclarecimiento de los hechos, en especial la declaración de los coimputados asistidos de sus respectivos Letrados, numerosas testificales y periciales médicas, así como la ratificación de aquellas, a excepción de las últimas aportadas, y numerosa documental médica incorporada a los autos mediante las correspondientes piezas separadas médicas.
Concluidas las investigaciones, se dio traslado de las actuaciones al Sr. Médico Forense de este órgano judicial, el cual emitió un exhaustivo informe de fecha 28 de diciembre de 2012, que consta unido a autos (folios 2876-2943), y que fue ratificado el pasado día 1 de febrero de 2013, con el resultado que consta en el Acta levantada al efecto (folios 3028-3049).
A continuación, se dio traslado a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, a fin de que efectuasen las alegaciones correspondientes acerca de la continuación de las actuaciones por los trámites del Procedimiento Abreviado, o en su caso el sobreseimiento, cumplimentando aquella mediante los escritos que anteceden unidos a los autos, en los que la acusación particular, en nombre y representación de Doña Aurora Carbonell Muñoz, ha interesado la continuación de las mismas por los trámites del Procedimiento Abreviado únicamente respecto de los coimputados Dr. Francisco Antonio Alonso Montero (intensivista), y Dr. Enrique Moreno González por un delito de homicidio imprudente, impugnando mediante otrosí el informe Médico Forense obrante en autos, e interesando en el suplico la realización de un nuevo informe por especialista en cirugía digestiva e intensiva. Por la acusación popular, en nombre de la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (AVINESA), se interesó la continuación de las actuaciones por los trámites del Procedimiento Abreviado, respecto de todos los imputados, por los delitos tipificados en los artículos 142 y 196 del Código Penal. La representación procesal de D. Javier Conde Becerra no efectuó alegación alguna. Por el Ministerio Fiscal, mediante escrito con fecha de entrada en este órgano judicial de 3 de mayo de 2013, solicitó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones al no poder imputarse a los distintos profesionales médicos que intervinieron en las fases de diagnóstico, tratamiento y cuidado del Sr. Morente, una acción u omisión contraria a las normas de la lex artis que fuese la causante del fallecimiento del paciente.
Por las respectivas defensas, interesaron igualmente el sobreseimiento y archivo de aquellas.
CUARTO.- Con fecha 5 de diciembre de 2011, se dictó Auto por este órgano judicial, cuya Parte Dispositiva, entre otros particulares, es del tenor literal siguiente: “Con estimación parcial del recurso de reforma formulado por el Procurador de los Tribunales D. Jesús Aguilar España, en nombre y representación de los Dres. D. Antonio Maudes Rodríguez, y D. Santos Manuel Sánchez Sánchez, mediante escrito con fecha de entrada en este órgano judicial de 21 de noviembre de 2011, por el que formulaba recurso de apelación contra las Providencias de 11 y 14 de noviembre de 2011, respectivamente, en cuanto al particular de la segunda de aquellas recogida en el apartado final de la misma, por la que se decía que en su momento procesal se resolvería respecto de la solicitud de sobreseimiento interesada, procede dejar sin efecto aquél, decretando en su lugar el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto del coimputado Dr. D. Antonio Maudes Rodríguez por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa”.
En consecuencia, respecto de los profesionales inicialmente imputados, se ha dictado resolución de sobreseimiento provisional única y exclusivamente respecto del Dr. D. Antonio Maudes Rodríguez, quien fue Director-Jefe de la Unidad de Cuidados Intensivos de la Clínica “La Luz” y que no se encontraba de servicio cuando se produjeron las intervenciones quirúrgicas que nos ocupan, y cuya participación se limitó a hacer entrega a la Comisión Judicial el pasado día 11 de diciembre de 2010, de la Historia Clínica, y a la confección del Informe de Exitus obrante a los folios 64 y 65 de las actuaciones.

QUINTO.- En la tramitación de las presentes diligencias se han observado las prescripciones legales aplicables al efecto, y en especial las garantías constitucionales y de legalidad ordinaria que rigen en el proceso penal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Cronología histórica de los hechos.

El paciente D. Enrique Morente Cotelo tenía diagnosticada una achalasia (trastorno de la motilidad esofágica distal del esófago), afección por la que el bolo alimenticio tiene dificultad para atravesar el esófago y llegar al cardias y de ahí al estómago. Esto produce dificultad o incluso dolor al tragar (disfagia) y suele acompañarse de dilatación esofágica proximal, es decir, en zona previa al lugar donde se localiza la patología, debido a lo cual, ya en el año 1995, precisó la realización de una dilatación neumática esofágica.
A primeros del mes de noviembre del año 2010, consultó nuevamente con el Dr. García de Paredes, por aumento progresivo de la disfagia, siendo diaria y prácticamente en todas las comidas, con regurgitación y tos ocasional, con dolor hemitorácico izquierdo intermitente coincidiendo con la disfagia. Estos síntomas motivaron una serie de pruebas diagnósticas para estudiar y concretar el origen del último empeoramiento. Para ello, el Dr. Pérez de la Serna en el Hospital Clínico San Carlos de Madrid, realizó el día 18 de noviembre de 2010 una panendoscopia (estudio endoscópico de esófago, estómago y duodeno) en cuyo resultado se observó una lesión vegetante a 32 cms., de incisivos, con ulceración central, que ocupando la cuarta parte de la circunferencia esofágica tenía una longitud de unos 3 cms., y produce discreta estenosis (estrechamiento de la luz esofágica) (folio 1998). En el mismo acto, se realizó una biopsia y el resultado histopatológico fue el de “carcinoma escamocelular moderadamente diferenciado” (folio 2000).
Así, D. Enrique Morente Cotelo acudió acompañado del Dr. García de Paredes, y de varios familiares próximos, el día 2 de diciembre de 2010 a la consulta profesional del Dr. Moreno González, tras la cual se decidió su ingreso ese mismo día en la Clínica “La Luz” de Madrid, a fin de llevar a cabo un estudio preoperatorio y de extensión tumoral, previo a la intervención quirúrgica. Tras las correspondientes pruebas, consistentes en una TAC (tomagrafía axial computarizada) toracoabdominal y pélvica llevado a cabo ese mismo día (folio 180), se observó una tumoración en el tercio medio esofágico que provocaba una severa estenosis del mismo, con dilatación del esófago proximal.
El paciente, fue intervenido sobre las 11,00 horas del día 4 de diciembre de 2010, bajo anestesia general, practicándose una cirugía consistente en esófagectomía subtotal transhiatal, con gastroplastía tubular mediastínica posterior y probable anastomosis esófago-gástrica mediastínica o cervico lateral izquierda, para la cual había firmado previamente los preceptivos consentimientos informados en los que se especifican las posibles eventualidades clínicas que pueden acontecer en este tipo de procedimientos quirúrgicos y que allí aparecen, transcurriendo sin complicaciones y finalizando sobre las 18,30 horas de ese mismo día (folios 360 a 363 y 368 de la Pieza separada médica. Anexo I) En la operación intervinieron el Dr. Moreno González, como cirujano principal, y los Dres. Alonso Casado y Caso Maestro como cirujanos ayudantes, el Dr. Rubio de la Molina como anestesista, ayudado por el Dr. Macaluso, actuando en aquella como auxiliares Doña Piedad Blázquez López, y Doña Marta Patiño Muñoz, y en calidad de Instrumentista Doña María Contreras, y durante la misma se remitieron a quirófano dos unidades de concentrado de hematíes (CH) a las 13,01 horas y 14,03 horas respectivamente, cinco bolsas de plasma fresco congelado (PFC) a las 13,01,13,21,13,22 y 14,47 horas (2) respectivamente. En dicha intervención, según consta en el Informe Clínico del Dr. Moreno de fecha 10 de diciembre de 2010 (folios133-137), se confirmó la existencia de una tumoración esofágica a nivel yuxtacarinal de unos 5x4,5cms., adenomegalias periesofágicas y peritumorales.
Tras esta primera intervención, ingresa sobre las 18,30 horas, de esa misma tarde en la UCI para monitorización y control postoperatorio, produciéndose un episodio de hipertensión arterial, recuperándose al poco tiempo y sin que se observara ninguna alteración de otras variables.
Su evolución es favorable, siendo extubado con éxito al primer intento sobre las 23,30 horas del día 4 de diciembre de 2010, tras retirarle la perfusión de propofol y mantener la analgesia con bomba Baxter.
El paciente fue visitado en la mañana del día 5 por el Dr. Moreno, y también en la tarde de ese mismo día. Entre las 19,00 y 20,00 horas del mismo, estuvo realizando ejercicios de fisioterapia respiratoria, y hablando con los médicos de la UCI y las enfermeras
Cuando ingresó en la UCI era portador de los siguientes drenajes: Una vía central yugular interna derecha, sonda vesical, sonda nasogástrica, una línea arterial, un drenaje pleural derecho, un drenaje pleural izquierdo, y un drenaje de Jackson-Pratt derecho, según el Dr. Moreno (folio135) eran dos Jackson Pratt, derecho e izquierdo.
El débito total de los drenajes, desde su ingreso en la UCI hasta el cambio del turno de enfermería acaecido a las 08,00 horas de la mañana del día 5 de diciembre de 2010, era el siguiente: sonda nasogástrica: 75 ml, Jackson –Pratt derecho: 25 ml, drenaje pleural derecho: 420 ml, drenaje pleural izquierdo: 250 ml.
Desde esta hora, hasta las 15,00 horas en la que se produjo un nuevo cambio de turno de enfermería, el débito total de los drenajes era el siguiente: sonda nasogástrica: 100 ml, Jackson – Pratt derecho: 10 ml, drenaje pleural derecho: 50 ml, drenaje pleural izquierdo: 80 ml.
La analítica practicada a las 08,45 horas arrojó los siguientes resultados: Glucemia 179 ml/dl, Urea: 24 ml/dl, Creatina: 1,0 mg/dl, Na: 139 mmol/l, K: 4,9 mmol/l, Cl: 104 mmol/l. Hemoglobina: 15 g/l, Hematocrito: 46, Plaquetas: 152.000, Índice de Quick: 77,7 %, TTPA: 31,6 segundos, Fibrinógeno: 446 mg/dl. Leucocitos: 12,2/ microl; con elevación de la cifra de los neutrófilos y linfopenia leve.
Esta situación hemodinámicamente estable, se mantuvo hasta las 01,00 horas de la madrugada aproximadamente del día 6 de diciembre de 2010. Incluso durante aquél periodo el paciente estaba consciente y orientado, manteniendo conversaciones con el personal sanitario, abdomen distendido con apósitos levemente manchado, Glucemia de 156 mg/dl, Diuresis media horaria de 103 ml., Balance Hídrico: negativo de 195 ml.
Desde las 15,00 horas, hasta las 22,00 horas en la que se produjo el cuarto cambio de turno de enfermería, el débito total de los drenajes era el siguiente: sonda nasogástrica: 0 ml, Jackson–Pratt derecho: 0 ml, drenaje pleural derecho: 100 ml, drenaje pleural izquierdo: 120 ml. No consta el débito en el drenaje subfrénico izquierdo (Jackson- Pratt).
Durante todo ese tiempo de estancia en la UCI se mantuvo medicado con medicación (intravenosa): Nexium, Seguril, Teicoplanina, Imipenem, Nutrición Parenteral Total, Albúmina, y Enoxaparina sc.
Sobre las 01,00 horas de la madrugada del día 6 de diciembre de 2010, se produjo un cuadro brusco de hipotensión acompañada de dolor en la parte superior izquierda del abdomen y en el hemitórax izquierdo (folio 104 Pieza separada médica. Anexo I), siendo valorado, tras el aviso de la enfermera de guardia, por el intensivista Dr. Alonso Montero que en esos momentos se encontraba en la UCI, observando que el abdomen se encontraba distendido y doloroso, sin objetivar sangrado por los drenajes toracoabdominales. Inicialmente se intensifica la analgesia previamente pautada: perfalgán y dolantina subcutánea, Ante la persistencia de la hipotensión, el citado Doctor Alonso, decide expandir el volumen a base de cristaloides (500 cc. en forma de salino isotónico), y coloides (1.500 ml en forma de gelatinas y almidones), sin obtener una respuesta positiva por parte del paciente, por lo que inicia la administración de drogas vasoactivas e inotropos (Noradrenalina y Dopamina) en perfusión continua, solicitando un hemograma.
Al conocer el resultado analítico, sobre las 02,00 horas de la madrugada, y al observar un descenso en el calor hematocrito y de la hemoglobina, respecto a los valores anteriores (de las 08,00 horas del día 5 de diciembre), y ante la posibilidad de un sangrado interno, el médico intensivista decidió avisar al Dr. Moreno (folios 396-397), el cual acudió a la Clínica “La Luz”, siendo así que tras una evaluación del paciente, el Dr. Rubio (anestesista) antes de ser conducido al quirófano, lo describió de la siguiente manera: “Paciente en mal estado general, estuporoso, agitado, pálido, y sudoroso, con signos de dolor abdominal e hipoperfusión periférica así como también hipotérmico y con una infusión de inotrópicos por su única vía venosa central (Noradrenalina + Dopamina) (folio 131).
A la vista de la situación, y ante la sospecha de sangrado, el Dr. Moreno decide reintervenir al paciente a fin de efectuar una completa exploración de su estado, para lo cual fue trasladado a quirófano sobre las 03,30 horas de la madrugada (en varios documentos médicos se habla de las 03,00 horas) del día 6 de diciembre de 2010, en estado de consciencia, iba hablando. No iba intubado, iba respirando por sí mismo (folio 950) y con un aspecto general malo, hipotenso, sudoroso y agitado, como se ha descrito con anterioridad.
En este segundo preoperatorio, según el listado del Banco de Sangre (folio 372 Pieza separada médica. Anexo I) se remitieron a la UCI: dos unidades de concentrado de hematíes (CH) a las 02,16 y 02,53 horas, y dos unidades de plasma fresco congelado (PFC) a las 02,58 y las 02,59 horas respectivamente. Consta en el documento citado que las mismas habían sido solicitadas por el intensivista Dr. Alonso y destinadas a la UCI, constando el volante de la transfusión de sangre de las dos primeras, firmado por la enfermera Doña Esther Catacora (folio 374 Pieza separada médica. Anexo I).
Asimismo, tal y como consta en la Grafica de la UCI (folio 336. Pieza separada médica. Anexo I) entre las 02,00 y las 03,00 horas de la madrugada, se le realizó una radiografía de tórax, dato que consta igualmente en el Comentario de Enfermería (TA) de esa noche (folio 338 Pieza separada médica. Anexo I).
La segunda operación quirúrgica, que según el estadillo de consumibles (folio 2772) se inició a las 03,00 horas de la madrugada (en otros documentos aparece a la 03,30 horas, siendo ésta la más probable, al ser la más repetida) concluyendo a las 06,30 horas, con intervención del Dr. Moreno González como cirujano jefe, el Dr. Calvo Pulido como cirujano ayudante, el Dr. Rubio de la Molina como anestesista, apoyado por la Dra. Gudín Rodríguez, y como enfermera de quirófano Doña Fuensanta Hernández Sánchez, y como instrumentista Doña María Contreras.
Al inicio de la reintervención, y en el momento de llevar a cabo una laparatomía (incisión de la pared abdominal) para acceder al interior de la cavidad, y a través de ella a la cavidad torácica si fuera preciso, al objeto de explorar y poder observar cuál era la causa de la descompensación, se produjo un episodio de fibrilación ventricular (súbita alteración del ritmo cardiaco, produciéndose como consecuencia, que o no se bombea sangre desde los ventrículos al resto del organismo, o la sangre bombeada es tan escasa que es muy poco eficaz), junto a una caída de la presión arterial y de la saturación de oxígeno, interrumpiendo la intervención quirúrgica, fibrilación que fue tratada por el anestesista Dr. Rubio de la Molina con reanimación cardiopulmonar avanzada (RCPA), a base de desfibrilación a 260 julios y la administración de adrenalina IC, amiodarona, y lidocaína al 2%, así como la reposición de volemia y estabilización del paciente (folio 369 Pieza separada médica. Anexo I). A los folios 117-118 y 364-365 (copia) de la Pieza separada médica. Anexo I se encuentra la gráfica de anestesia. En la misma aparece que durante un periodo entre 2 y 5 minutos se produjo una brusca hipotensión debido a la fibrilación ventricular. No consta documentalmente la hora y minuto exacto en que se iniciaron, ni finalizaron las maniobras de reanimación.
El paciente recuperó el ritmo tras la desfibrilación, así como sus constantes hemodinámicas, continuando con la cirugía mediante la separación de los bordes de la incisión, apreciando un aspecto isquémico de las asas intestinales, y en la cavidad abdominal una pequeña arteriola sobre pilar izquierdo del diafragma que sangra con latido leve, suturándose con ligadura, no apreciándose otros puntos sangrantes. De la citada cavidad abdominal del paciente, fueron retirados, según manifestaciones del Dr. Moreno, unos 800 ml de contenido hemático y varios coágulos. Se llevó a cabo una minuciosa revisión de toda la cavidad abdominal y de los espacios torácicos y mediastínicos, sin que se apreciaran alteraciones.
Sobre las 04,00 horas se realizó una analítica con un resultado de 7,5 de Hemoglobina y del 23% de Hematocrito.
Se esperaron aproximadamente unas dos horas para tener la seguridad de que no existía ningún otro punto sangrante, tras lo cual se procedió al cierre quirúrgico y al traslado del paciente, sobre las 06,20 horas de la madrugada del día 6 de diciembre de 2010, a la UCI, sedado e intubado.
Al quirófano, durante esta segunda intervención se remitieron: cuatro unidades de concentrados de hematíes (CH), a las 03,33 (2), 03,50 y 03,53 horas; y tres unidades de plasma fresco congelado (PFC), a las 05,23, 05,24, y 05,25 horas, según consta en el listado de bolsas del Banco de Sangre (folio 372. Pieza separada médica. Anexo I).
Tras este segundo proceso postoperatorio, a su llegada a la UCI el paciente se mantenía hemodinámicamente estable, pero con una mala situación general, sobre todo neurológica. En la mañana del día 6 de diciembre, debido a su precaria situación analítica, se transfundieron dos concentrados de hematíes, 1.200 centímetros cúbicos de plasma fresco concentrado y, un pool de plaquetas. Durante la tarde del día 6 de diciembre se retiró la sedación, observándose la existencia de “pupilas ligeramente midriáticas bastante reactivas” y al tiempo que comenzaba a mostrar extensión de miembros superiores tras estímulo doloroso (folio 38 Pieza separada médica. Anexo I).
El día 7 de diciembre de 2010, se le realiza un TAC craneal para descartar la existencia de sangrado intracraneal, informando de una “probable encefalopatía isquémica de bajo gasto con infartos extensos establecidos a nivel supratentorial y probablemente masivos en cerebelo”. Tras 48 horas sin sedación, la exploración neurológica se mantenía en la misma situación, con Glasgow de 4.
El día 9 de diciembre de 2010, se llevan a cabo otras exploraciones complementarias: Ecocardiograma, Electroencefalograma, y TAC de control, que muestra actividad bioeléctrica muy reducida, compatible con severas alteraciones isquémicas cerebrales difusas, siendo evaluado por diversos especialistas en Neurología y Neurocirugía.
El día 10 de diciembre de 2010 se le retiraron los drenajes torácicos junto con los abdominales. Ese mismo día, en la exploración neurológica, se objetiva un empeoramiento, con ausencia total de reflejos tronco-encefálicos. A las 17,00 horas del día 12 de diciembre de 2010, se le realiza un nuevo Electroencefalograma que muestra una ausencia de actividad cortical, confirmándose su muerte cerebral.
La encefalopatía hipóxico-isquémica evolucionó a una muerte cerebral acaecida el día 13 de diciembre de 2010 sobre las 16,40 horas, según consta en el informe de ·”éxitus” (folios 64-65).
Durante este segundo periodo postoperatorio se remitieron a la UCI las siguientes bolsas: cuatro unidades de concentrado de hematíes (CH), el día 6 de diciembre entre las 06,44, 07,42 horas y el día 7 de diciembre a las 10,52 y 12,02 horas; cinco unidades de plasma fresco congelado (PFC) el día 6 de diciembre a las 10,32, 13,37 (2), y 23,55 horas (2); y un concentrado de plaquetas (CP) el 6 de diciembre a las 11,29 horas.
El informe de Autopsia de 26 de abril de 2011, firmado por los Dres. D. Carlos Javier Tortosa Laso, y D. José Luís Prieto Carrero, concluye que la causa fundamental de la muerte fue el deterioro multiorgánico secundario a una encefalopatía hipóxica isquémica que se produjo a consecuencia de una parada cardiorrespiratoria intraoperatoria acaecida el día 6 de diciembre de 2010 y que originó una hipoperfusión encefálica global. En el informe histopatológico del cerebro obtenido en la autopsia (folios 208-213) se certifica que se produjo una encefalopatía hipóxico-isquémica.
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